Manuel Garcia Souto, Administrador
parroquial de Santa María de Foxado y Santa Baia de Curtis, con domicilio en la
casa rectoral, sita en Avda. Castelllana nº2, 15310-Teixeiro. La Coruña
SOLICITO:
Que se estudie la posiblidad de
elaborar unas orientaciones pastorales o un directorio de exequias, en donde
quede concretado que la atención a los difuntos es una pastoral, en donde los
tanatorios son un hecho social y que la iglesia necesita estar presente de
algún modo en esta nueva realidad. Haciéndolo de una manera coordinada, y
siempre respetando la libertad de los propios párrocos y de las familias de los
difuntos, inclusive el de la comunidad parroquial del lugar. Sabiendo que las
familias, las funerarias y la comunidad parroquial a la que pertenece el
difunto, tienen derecho a una asitencia religiosa.
A tales efectos:
EXPONGO: UNA PASTORAL DE EXEQUIAS
1.- UNA NUEVA
REALIDAD SOCIAL
La
realidad social es contundente hacia un cambio en la forma y trato para con los
difuntos, si antes se hacían los velatorios en los hogares, y a donde acudían los vecinos y amigos para
confortar a los que sufrían por la separación que siempre produce una muerte,
también el párroco que iba rezar o a celebrar la santa eucaristía.[1];
hoy día los velatorios, la forma de tratar a nuestros difuntos, se hace
fuera del ambiente de los hogares, en lugares adaptados para tal fin, allí van
las familias y el pueblo. No ha variado en lo esencial, ni se renuncia al
sentido cristiano de la muerte, quizás la sociedad ha adquirido una 'intimidad'
que le hace no querer abrirse en su hogar, es más cerrada en 'lo personal', y
ni que decir tiene, que prevalece la idea de pago de un servicio a cambio de
mantener esa intimidad, junto con el deseo de que todo me lo den hecho. Sea la
causa que fuere, vivimos en la época en que los tanatorios son una realidad
social extendida en lo urbano y lo rural, se han convertido en las “nuevas
casas mortuorias”. Y es la propia
sociedad, entre la que se encuentra la comunidad cristiana, la que participa y
ha hecho posible esa realidad social presente.
Ante
esto, la Iglesia no puede permanecer al margen, ni pretender volver al pasado,
si la propia sociedad no lo hace. Si nuestras comunidades cristianas aceptan y
participan de este cambio, nosotros, los sacerdotes y el resto de la Jerarquía
de la Iglesia, también hemos de estar presentes.
“Conscientes ante esta nueva
realidad, y con la idea de desarrollar una adecuada pastoral de
exequias que ilumine el sentido cristiano de nuestra fe, hemos creado en los
tanatorios de la ciudad de Sevilla, capellanías para la atención pastoral de
exequias...” (BOAS, Febrero 2006, pag 122. Diócesis de Sevilla)
2.- LOS TANATORIOS: NUEVAS “CASAS
MORTUORIAS”
Los tanatorios, siendo verdad, que viven
del servicio que prestan a las familias en el momento de la muerte, entre ellas las cristianas, cumplen una
función que es demandada socialmente. Hace años, lo enfermos morían en sus
casas, sufrían la enfermedad en su propio hogar, hoy día los hospitales suplen
esa atención y el propio hogar; es un hecho que nuestros feligreses mueren en
los hospitales. La Iglesia se adapta a esta nueva realidad y responde con una
pastoral de la salud[2], lo mismo sucede con los centros de
privación de libertad, en donde la Iglesia se adecua a esa situación con la
pastoral penitenciaria, etc.
Ante
la muerte, “el sacerdote, movido por la caridad pastoral, ha de tener
especialmente en cuenta su misión de consolador de afligidos y, no
contentándose con una buena celebración ritual, ha de establecer contacto
humano con los familiares del difunto -en el tiempo y modo que parezcan más
oportunos- exhortándolos a la esperanza y a la oración” (Ritual de Exequias
nº 23).
Muchos
pueden dudar de que la atención a las familias que sufren la pérdida de un ser
querido, y el rezar por los difuntos, pueda entenderse como una pastoral. Sin
embargo la Iglesia nos dice que: “La oración por los difuntos como forma de
ayudarles en el proceso de purificación es una sólida tradición de la Iglesia
que se remonta a sus inicios. Las exequias son el primer testimonio de este
espíritu de oración con que la Iglesia aborda el sepelio de sus fieles,
pidiendo para ellos, a través del misterio de la comunión de los Santos, el
perdón de sus pecados y la entrada en la gloria eterna” (Juan del Río Martín,
Obispo de Jerez. Directorio de Pastoral de Exequias Cristianas)
Además
el Ritual de Exequias en su nº1 nos invita a que “la utilización PASTORAL
del Ritual de exequias exige penetrar más y más en el genuino concepto cristiano
de la muerte (...)”
“
Es de sumo interés que, en cada diócesis, oídos el Consejo del Presbiterio y el
Consejo Pastoral, se elaboren unas normas que concreten y prolonguen las
orientaciones pastorales que aquí se dan...” (Ritual de Exequias nº 24)
“Los
Ordinarios del lugar, además de regular la pastoral litúrgica de las exequias
en toda la diócesis, gozan de la facultad de permitir la celebración de la misa
exequial en la misma casa mortuoria....”[3]
(Ritual de Exequias nº 25).
3.-
ALGUNOS PRECEDENTES DE LA IGLESIA ESPAÑOLA
3.1.- DIOCESIS DE
ORIHUELA-ALICANTE
La
Diócesis de Orihuela – Alicante en la fecha de 1 de Octubre de 2003 promulga el
DIRECTORIO DE PASTORAL PARA TANATORIOS Y CEMENTERIOS.
El
6 de Junio de 2009 el Consejo Presbiteral de esta Diócesis aprueba unas
orientaciones pastorales sobre la Pastoral de en los Tanatorios, entre otras
cosas invita:
a)
Potenciar la dimensión misionera de la celebración exequial
b)
Insertar la presencia en los Tanatorios en la Pastoral ordinaria de la
Parroquia.
c)
Coordinar la Pastoral en los Tanatorios con la Pastoral de la Salud de la
Parroquia.
En el Directorio se lee claramente
que el objetivo principal es unificar criterios pastorales de actuación
y fomentar la coordinación de las parroquias con las empresas funerarias, que
redunde en una atención optima pastoral y liturgica hacia los difuntos y sus
familias. Para lograr este fin es preciso, (…) crear una pastoral exequial.
Lógicamente, se puede aludir a que la
realidad pastoral es diferente en cada diócesis, y esto siendo verdad, no
elimina la realidad social que tenemos en nuestra propia diócesis, tanto en lo
urbano como en lo rural, y digna de ser atendida.
Por
otro lado este directorio de exequias de la diócesis de Alicante, al igual que
el de la diócesis de Sevilla, y el de la de Jerez, fundamentan la pastoral
de exequias teológicamente, además de reconcocer la realidad social
presente con la que se trata la muerte. Si hay fundamento para Sevilla, Jerez,
y Alicante, también lo hay para Santiago.
3.2.- ARCHIDIOCESIS DE SEVILLA
El
8 de Febrero de 2006, la Vicaría General reconoce que en la Ciudad de Sevilla,
“cuando el difunto ha sido velado en algún tanatorio, es frecuente que aquellos
a quienes compete disponer sobre el entierro deciden celebrar las exequias en
la capilla de dicho tanatorio. Todo esto ha motivado una considerable
disminución de la celebración exequial en las parroquias. De ahí que, ante esta
nueva situación y con el fin de estar cercanos a las familias, todos estamos
llamados a participar en una nueva pastoral de exequias”
Es discutible el hecho de que al difunto
haya que tratarlo tal y como “imponga el párroco”[4],
de igual forma que es discutible que un párroco pueda negar que se celebre una
misa por un difunto de su parroquia, aludiendo a que es su feligrés, y máxime
cuando la misa a celebrar es en un tanatorio -que nada tiene que ver con la
Iglesia- y que puede, o no, pertenecer a los dominios de su parroquia.
“La celebración de las exequias no es un
asunto sólo de los allegados del difunto, sino de toda la comunidad cristiana
-hombres y mujeres- , la cual de diversos modos debe hacerse presente en las
exequias de todos y de cada uno de sus miembros...” (Ritual de Exequias nº
21)
Resulta
también discutible pretender que la gente acuda a nuestros templos parroquiales
evitando nosotros no ir a los tanatorios.
Las almas son de Dios y nosotros siervos del Señor. No se trata de
obligar a nadie a que celebre en un tanatorio, se trata de servir a una
pastoral. Más sensato, será contar con
la opinión de la familia, que no es lo mismo decir que se haga lo que diga la
familia; más sensato será , aplicando el sentido común, prestarse a servir
dentro de las posibilidades de cada parte, con diálogo, sin imposición.
“La
Iglesia, aprovechando el hecho de la muerte de uno de sus hijos, que crea entre
los demás miembros de la comunidad una situación psicológica, especialmente
dispuesta a la captación, imparte una enseñanza viva y eficaz...” (Ritual de Exequias nº 20)
No
podemos actuar como un funcionario que se limita a colocar la hora del entierro
y esperar a que te lleven el difunto a la Iglesia; y menos todavía que te
niegues a querer introducir la “in persona defuncti” dentro del templo
parroquial. ¿Es que acaso, es más pastoral celebrar las exequias en la
puerta del templo?[5]
Estamos
obligados a manifestar de modo indudable la vinculación con el difunto ((Ritual
de Exequias nº 20.c)
Estas y otras cuestiones, hay que
solucionarlas, y no se arreglan peleándose con las empresas funerarias, que
están a lo que están, sino actuando como “Buen Pastor”[6].
Quizás,
por estas razones, el directorio de exequias de la Archidiócesis de Sevilla y
de la Diócesis de Jerez, hablan de llegar a acuerdos con las empresas
funerarias que tienen capillas en sus tanatorios, llegar a acuerdos para
prestar servicios, ¿a quién? A las propias familias de los difuntos, que son
parte de nuestras comunidades cristianas. ¿Por quién? Hagamos una Pastoral de
Exequias.
“Por
razón de su ministerio, corresponde al obispo y a los sacerdotes en general,
promover, estimular, orientar y coordinar las actividades de todos aquellos que
, de una manera directa o indirecta, intervienen en la preparación y
celebración de los ritos exequiales”
(Ritual de Exequias nº 22)
3.3.- DIOCESIS DE ASIDONIA-JEREZ
El
31 de Marzo de 2002, aprueba EL DIRECTORIO DE PASTORAL DE LAS EXEQUIAS
CRISTIANAS
3.4.-
DIOCESIS DE TUY-VIGO
Tienen firmados acuerdos de asistencia
religiosa con los tanatorios desde el año 2002.
4.- PRESTACION DE ASISTENCIA RELIGIOSA EN
LOS TANATORIOS
El
31 de Marzo de 2002 el Obispado de Asidonia-Jerez firma un
convenio con los tanatorios sobre prestación de Asistencia Religiosa, y el que
se expone:
“Es
tradición y sagrado deber de la Santa Madre Iglesia acompañar a los fieles
católicos en el trance de la muerte, orando por los que han marchado a la Casa
del Padre (…) y llevando un mensaje de consuelo y esperanza a los familiares
(…). Asimismo el ejercicio de la caridad pastoral, esencial a su ministerio,
conlleva no sólo a no descuidar la asistencia religiosa sino, por el contrario,
a ejercerla con toda dedicación y esmero. Por ello, (…) se ha considerado conveniente
regular mediante unas Normas pastorales y administrativas, el servicio religioso que la Iglesia Católica
prestará en lo sucesivo (…). Al Obispado diocesano correspone el nombramiento
de un equipo responsable de la Pastoral Exequial, (…) cualquier ministro
ordenado podrá celebrar (…) actuando de acuerdo con el responsable de la
pastoral (…). La dirección del tanatorio actuará de acuerdo con el responsable
de la pastoral (...)”
Y
por si no fuera poco, en un anexo a parte, se fijan los estipendios y aranceles
exequiales. En el punto 34 recoge como derecho lo siguiente: “(...) los
familiares y aquellos a quienes compete disponer acerca de las exequias deben
intentar, en la medida de lo psible, celebrarlas en la parroquia a la que
perteneciese el difunto. Ahora bien, el ordenamiento canónico, a pesar de
mantener esta regla general que recoge el ideal, dadas las diversas
circunstancias que pueden concurrir, reconoce el derecho de elegir una iglesia
distinta para el funeral (..).
En
el punto 37 habla de: “Cuando el difunto haya sido velado en algún
tanatorio, se presenten dificultades para el traslado del cadaver a su
parroquia y aquellos a quienes compete disponer sobre el entierro decidan
celebrar las exequias en la iglesia de dicho tanatorio, éstas serán celebradas
según las siguientes normas (…)”
El
punto 13 de dicho directorio habla de “La caridad cristiana con la familia
del difunto”. Y el Arzobispado de Sevilla reconoce en su BOAS de Febrero
de 2006 que “Esta nueva Pastoral de Exequias ha llevado consigo la renovación
de los convenios que la Diócesis de Sevilla tiene con los tanatorios (...)”
La Diócesis de Alicante en su directorio de exequias tiene todo
un apartado el número IV, dedicado a la Coordinación de nuestra presencia en
los tanatorios. Tiene también un apéndice con normas orientadoras para las
empresas de tantarios y cementerios.
En
su punto 24 el directorio de esta diócesis recoge. “Las exequias por un fiel
difunto deben celebrarse en su propia parroquia. Sin embargo, se permite a
todos los fieles, o aquellos a quienes compete disponer acerca de sus exequias,
elegir otra iglesia para el funeral (…). Cuando las exequias se celebran en el
tanatorio, normalmente es éste quien contacta con los sacerdotes, de acuerdo
con la familia, para acordar la celebración (...)”. En el punto 20
reconoce: “es necesaria la presencia del sacerdote en el tanatorio (…).
Debemos establecer cauces para evitar los peligros del Tanatorio, como son la
despersonalización y la desvinculación de la parroquia y la apariencia de un
ser un funcionario”.
Por estas razones SUPLICO tenga a
bien admitir dicho escrito, que de una forma sencilla, quiere expresar una
problemática social existente, y colaborar a que se trabaje por analizar esta
pastoral de exequias en las parroquias, al fin de establecer criterios comunes
y acordes a los tiempos, haciendo posible la cercanía de los sacerdotes a la
comunidad parroquial, sin tener problemas. Es cuestión de “caridad pastoral”,
de “adaptarse a los tiempos que nos han tocado vivir, sin renunciar a nada, es
más, queriendo hacerse presente donde tenemos que estar los cristianos, con los
que sufren, con los que lloran”, llevando fe, esperanza y caridad.
En Teixeiro a ocho de Junio de 2012
AL ILMO. Y SR. ARZOBISPO DE SANTIAGO DE
COMPOSTELA
VICARIA GENERAL
DOCUMENTACION QUE SE ADJUNTA:
1.-
Directorio Pastoral para Tanatorios de la Diócesis de Alicante
2.-
Apéndice al anterior Directorio sobre Criterios Orientadores para las empresas
de Tanatorios y Cementerios
3.-
Orientaciones Pastorales sobre la Pastoral en los Tanatorios del Consejo del
Presbiterio de la Diócesis de Alicante
4.- Directrices a seguir en la Diócesis de
Sevilla en la Pastoral de Exequias dadas por la Vicaría General.
5.-
Directorio Pastoral para las Exequias Cristianas de la Diócesis de Jerez
6.-
Convenio entre el Obispado de Jerez y Tanatorios para prestación de Asistnecia
Religiosa
7.-
Notas sobre aranceles exequiales y estipendios
Nota: Esta documentación es la que se encuentra
en internet, pero seguro que algunas diócesis más disponen de normativa al
respecto.
Para muchos de nuestros feligreses la “casa mortuoria” son hoy los
tanatorios.